sábado, 28 de febrero de 2015

Sin prosperidad no se puede escalar la montaña.

El camino al cielo es fácil en sus primeros tramos.
Para llegar al cielo transitamos cuatro paisajes diferentes, y más que una vida.
Se comienza por una ladera suave hasta llegar al primer refugio. Se continúa por otra ladera para llegar al segundo refugio. Y luego por una ladera empinada para llegar al tercero.

Sólo los santos llegan al cuarto y último refugio, que está en la ladera norte donde está el camino más escarpado.
Un solo escalador puede desapegarse de la ilusión del ego y alcanzar la cima. Allí se encuentra el famoso "ojo de la aguja"

Pero en todo el camino anterior se necesita el yo. Es la mula necesaria para escalar. Sin prosperidad no se puede escalar la montaña.

Todo lo que sucede en el mundo es bueno para el mundo. Tanto cuando nace una flor, como cuando muere una persona (a menos que la hayamos matado nosotros).


El problema es que los ideólogos nos hacen comenzar la travesía por la ladera norte, y por eso siempre regresamos traumáticamente al pie de la montaña.


¿Alguna vez soñó con una escalera como Jacob?

Hay una teoría que indica que cuando una persona muere, su espíritu ingresa en un recién nacido de similar talento.
Talento no es instrucción sino es la capacidad para lograr propósitos.


Aunque parezca mentira, el talento es una característica humana que viene "marcada" en el cuerpo al nacer, y es fruto de determinado cromosoma de sus progenitores.
Ya conocen la frase "nació con estrella".
No es que su destino esté marcado sino que le resulta más fácil lograr sus propósitos.

Una de las "pruebas" de esto tan raro que estoy diciendo son los gays.
Son personas de relativo alto talento que en su vida anterior tenían el sexo opuesto.
Como no es fácil conseguir recién nacidos de alto talento, en casos especiales se puede resignar la preferencia de género para continuar en la carrera ascendente del espíritu.

De vida en vida arrastramos entonces la preferencia de género, la vocación profesional, la preferencia musical y algunas pocas cosas que "recordamos".

Pero lo más determinante es el talento que recibimos más el que logramos al final de la vida.

De manera que durante la mayor parte del camino ascendemos la montaña de forma natural, con alegría y sin necesidad de pastores.


Desde ya que los delincuentes descienden escalones. Están condenados.
Creo que el verdadero objetivo de este juego de la vida es ascender escalones de talento. Porque el talento se incrementa durante la vida si lo que producimos al mundo supera lo que consumimos de él.

Pero para ello es necesario que ambos valores sean transados a su real valor de mercado, que no sean manipulados por algún tercero o una super-estructura social.

Esta alta misión humana no es colectiva, es individual. Pero es condición para que el bien común sea viable.

Veamos ahora cómo se aplica esto a la sociedad.

Doctrina Social es el conjunto de preceptos en que se basa toda nuestra legislación laboral y tributaria. Los resultados de nuestra legislación (que no difiere mucho de la legislación de otros países) están a la vista.

¿No será hora de revisar nuestra doctrina?

El 99% de las personas sólo se moviliza ante la expectativa de ganar para su familia. Pretender que se esfuerce por "la sociedad" es una utopía con la que ha sido catequizada toda nuestra clase dirigente.

El cometido individual debe ser jerarquizado en la futura doctrina social, para no seguir cayendo hacia las adicciones, el desempleo y la pobreza.
¿Cómo pretendemos que funcione una sociedad que les niega a los esforzados el rédito de su esfuerzo?

Cuando un empleado no accede a los frutos de su acción es como si le secuestraran un hijo, razón de más para caer en adicciones.
Y si lo analizamos bien, advertimos que no es el empleador sino el Estado quien se está quedando con la diferencia entre el precio y el costo de su trabajo.

El rumbo del desarrollo es hacer que un tercio de las ganancias de las empresas ya no quede en rentas generales del Estado sino que se adjudique al personal de "esa" empresa, que fue "partenaire" del logro.

Cuando trabajar vuelva a convenir, se armonizará la sociedad porque todos se sentirán parte de ella.


domingo, 22 de febrero de 2015

La confesión iraní


Un sitio de inteligencia israelí descubrió que existió colaboración entre la agencia de inteligencia argentina (iglesia) y la iraní para volar la AMIA.


In a secret call to Nisman, the fake defector Abbas Haqiqat-Ju reported that a fellow high-ranking Iranian intelligence officer had managed to flee Tehran with a suitcase full of very important papers that shed valuable light on the criminal collaboration between Argentinean security agencies and Iranian operatives in the bombing attack on the Jewish center.


Debka file realizó su propia pesquisa sobre la muerte de quien investigaba el atentado de 1994 contra la AMIA en Buenos Aires.


Una "investigación especial" llevada a cabo por Debka file -un sitio de inteligencia militar con base en Jerusalén, "ha descubierto que Nisman recibió a un agente iraní, que se había ganado su confianza haciéndose pasar por un desertor y que utilizaba el nombre de Abbas Haqiqat-Ju".

Así comienza la nota publicada por debka.com, que detalla también el contexto político en el que se produjo la voladura de la mutual israelita AMIA de Buenos Aires en 1994, en la que murieron 85 personas.

"Según nuestra investigación, dos ministros de inteligencia iraníes, el influyente Mahmoud Alavi y su predecesor Hojjat-ol-Eslam Heydar Moslehi, trabajaron "codo a codo con funcionarios de agencias de inteligencia del gobierno argentino" y explica que en Irán los espías reciben órdenes directas del líder supremo, el Ayatollah Alí Khamenei.

"Por 10 millones, Carlos Saúl Menem (presidente argentino entre 1989 y 1999) y sus compinches accedieron a cerrar la investigación de los dos ataques terroristas", afirma Debka en referencia a los ataques a la AMIA, en 1994, y a la embajada de Israel, en 1992.

"El primer paso se dio en 2010, cuando un iraní contactó al fiscal Nisman para pedirle un encuentro secreto.
Se presentó como un ex alto oficial de la inteligencia de Irán, que había desertado,volado a Dinamarca y que esperaba trasladarse a Buenos Aires con valiosos documentos sobre el ataque a la mutual judía", relata Debka.
Aseguró que esos documentos probaban en detalle la complicidad de Mohsen Rabbani como cabeza de la operación contra la AMIA.

El encuentro se produjo en Buenos Aires. El desertor se identificó como Abbas Haqiqat-Ju, le entregó a Nisman "documentos genuinos" que contenían evidencia de la participación de argentinos en complicidad con Irán.

Puso en movimiento a Haqiqat-Ju, quien le pidió a Nisman un lugar seguro para encontrarse con un segundo desertor que se había escapado de Teherán y que pondría a su disposición documentos que probaban la colaboración entre la agencia de inteligencia argentina y la iraní para el ataque a la AMIA.
Requirió estricto silencio y secreto sobre la reunión pactada.

Fuente
 
In a secret call to Nisman, the fake defector Abbas Haqiqat-Ju reported that a fellow high-ranking Iranian intelligence officer had managed to flee Tehran with a suitcase full of very important papers that shed valuable light on the criminal collaboration between Argentinean security agencies and Iranian operatives in the bombing attack on the Jewish center.

jueves, 19 de febrero de 2015

Gratuidad

¡Qué malo la gratuidad!

Te condena de por vida sin dejarte prosperar.
Y entrona la caridad!

"Asistir" a una persona es como matarla en vida.
¡Y todavía creemos que así se logra "igualdad"


La igualdad es otra cosa! Es ganar y prosperar
como fruto del trabajo, y el esfuerzo adicional.


Se puede lograr así:

Impuesto Ganancia Empresa
Es para participar al personal de la misma...
Y se acaba el populismo!


http://proyectoactitud.blogspot.com/

sábado, 14 de febrero de 2015

La relación Bergoglio-Nisman

Hay un hilo rojo que conecta dos de los episodios de delincuencia más graves de la historia argentina, el atentado a la AMIA, y la muerte del fiscal Alberto NISMAN, con la feliz noticia de que Buenos Aires ha recibido en los últimos tiempos: la elección de Papa Francisco


EL PRESIDENTE Y EL AGENTE SECRETO
Este hilo se llama Antonio Horacio Stiles, el verdadero nombre de "Jaime Stiusso" un ex agente secreto, jefe de la contra-inteligencia argentina, que durante años ha trabajado con Nisman en investigación sobre el bombardeo del centro judío Amia (1994, 85 muertos).
Pero es también el nombre de quien desde 1972 viene espiando por orden directa del vaticano, a notables locales, incluyendo al entonces arzobispo de la capital, mons. Jorge Bergoglio.

"TEN CUIDADO CON LO QUE DICES"
El legislador y político argentino, amigo personal del Papa, Gustavo Vera , recuerda sus visitas a la Curia cómo él prendía la radio para evitar los micrófonos ocultos en su despacho.
Vera recuerda también las advertencias de Bergoglio en el teléfono: "cuidado con lo que dices, la línea es interceptada, hay micrófonos en todas partes».



DEROGUEMOS EL ART.2 DE LA CN

El asesino de Nisman es el mismo que voló la AMIA.

Pocos saben que Argentina todavía aún tiene visos de monarquía.
Los católicos nos formularon una Constitución engañosa.

Porque para la tribuna hay democracia y elecciones y esas cosas, pero el Artículo 2 indica que los excedentes deben enviarse donde mande cristo rey.

Entonces cuando el rey debe intervenir en un suceso que se le fue de las manos, suceden cosas inexplicables para las mayorías.

El rey tuvo mucho poder pero hoy está rodeado y mete pistas falsas.

El vaticano es capaz de CUALQUIER COSA para proteger el Art.2 de la CN

En el año 1994 el vaticano sentó a Menem y a Alfonsín en el Pacto de Olivos y les dijo que evitaran a CUALQUIER PRECIO que en la reforma de la Constitución se afectara el Art. 2,
Pero resulta que la Universidad de Tel Aviv emitió un documento denunciando que latinoamérica era el único lugar del mundo en que al culto no lo sostienen sus fieles.
Y ahí tronó el escarmiento, y vino el misterio, la liberación de la zona y los jueces catequizados.


Mientras no deroguemos el Art. 2 de la Constitución Nacional, habrá misterio, peronismo y clientes.

viernes, 13 de febrero de 2015

Solicitamos audiencia a Francisco

Estimada Elisabetta Piqué:

Necesitamos sus buenos oficios para alcanzarle esta misiva al papa Francisco:


"Nosotros conocemos el rol que el vaticano jugó en el atentado a la AMIA.

El vaticano necesita proteger al Art, 2 de la Constitución Nacional, y los argentinos necesitamos que usted revise la doctrina social de la iglesia para salir del populismo e iniciar una etapa de prosperidad.
¿No es momento de sentarnos a negociar?"

¿Me puede decir cómo solicitarle una entrevista?

www.proyectoactitud.com

lunes, 9 de febrero de 2015

Cláusula Pétreas

Cláusulas Pétreas II. ¿Cuáles son? Mirada crítica de la doctrina constitucional argentina


Por Martín Juárez Ferrer

Esta es la segunda parte de un análisis mayor sobre el tema de las cláusulas pétreas. La primera parte, acá. Las otras, están viniendo. En esta segunda parte me propongo analizar, críticamente, lo que han dicho los autores de derecho constitucional argentinos sobre este tema.

RECAPITULACIÓN. En el post anterior describía brevemente que son las cláusulas pétreas, una suerte de estipulaciones o normas contenidas en la Constitución (o bien la Constitución misma) con una rigidez mayor al del resto de las cláusulas constitucionales. También consideraba que la teoría de las cláusulas pétreas, presentándose bajo un ropaje descriptivo, tiene un fuerte carácter prescriptivo. Hice algunas consideraciones críticas respecto a la teoría, respecto de que se pretende excluir determinados tópicos o decisiones del debate público, no solo mediante el atrincheramiento de derechos en la Constitución, lo que torna sumamente difícil su reforma, sino incluso, excluyendo cualquier posibilidad de reforma sobre estos temas, y que esto resulta sumamente anti democrático.

Ahora, entrando de lleno al tema de este post, voy a tomar tres autores, que me parecen representativos del constitucionalismo argentino, más allá de juicios de valores positivos o negativos que puedan hacerse de ellos (que los tengo). Estos autores, son: (i) Germán J. Bidart Campos; (ii) Gregorio Badeni; (iii) Jorge R. A. Vanossi. La elección no es casual, ya que, respectivamente, se trata de puntos de vista favorables, neutros, y desfavorables a la teoría. Ahí vamos

GERMÁN BIDART CAMPOS Y LA TEORÍA DE LAS CLÁUSULAS PÉTREAS. Para GBC (que trata este tema en el Cap. VI, punto 11 de su Manual de la Constitución Reformada), los contenidos pétreos, como los llama, en el sistema constitucional argentino, son 4: (i) forma de estado democrática, (ii) forma de estado federal, (iii) forma de gobierno republicana, (iv) confesionalidad del Estado. En una primera aproximación uno diría que está de acuerdo con los primeros tres, mientras que respecto de la confesionalidad del Estado, es poco menos que muy dudosa. Pero aclaro, la crítica a la teoría no es tanto a los contenidos en sí, sino a la forma en que se pretende atrincherar derechos y situaciones. Pero también, subsidiariamente, es criticable la enumeración de GBC.

Pienso lo siguiente: si los contenidos pétreos subsisten mientras subsisten las condiciones que les dan vigencia… no tienen mucha importancia. Es similar a decir: yo pago, pero hasta que tenga ganas de pagar. Si se me van las ganas, ya no estoy obligado. Esto sería tal vez absurdo. Uno pensaría entonces, ¿cuál es la finalidad de la teoría de las cláusulas pétreas? En mi opinión, solo sirven para dar legitimidad a un status quo, que resulta, por decirlo así, “aprobado” por el autor, a quien le parece correcto este status quo. Pero entonces, si la teoría no tiene ningún valor, ¿qué sentido tiene criticar la teoría? Creo que la teoría resulta criticable en la medida en que presenta como normativa una opinión, cuando menos, personal, y trata de darle un barniz objetivo a algo que solo se funda en un argumento de autoridad.

Respecto de las implicancias que su teoría de los contenidos pétreos, GBC dice que lo prohibido sería: reemplazar la democracia por el totalitarismo; reemplazar el federalismo por el unitarismo; sustituir la república por la monarquía; suprimir la confesionalidad para imponer la laicidad. Afortunadamente, más abajo Bidart explica que elendurecimiento subsistirá mientras subsistan las condiciones, la fisonomía que les da vigencia.


Una crítica más a Bidart. La teoría confunde. Si junto con tres postulados pétreos que ostentan una clara adhesión mayoritaria en nuestra sociedad, se presenta uno que no presenta la misma adhesión, en cierta forma se hace pasar por bueno un malo, confundido entre los otros tres. Vale decir, si presento juntos a Rin Tin Tin, Lassie, Dingo (el perro del protagonista de Un capitán de quince años, de Julio Verne), y un dogo preparado para pelea, decir que estos son los mejores exponentes de la raza canina provoca una confusión, ya que la afirmación es, en parte verdadera, y en parte falsa. Así como Lassie y Rin Tin Tin gozan del consenso unánime, las virtudes del dogo pueden ser, al menos, discutidas. Pretender hacer pasar junto con la democracia, la república, y el federalismo a la confesionalidad del estado es como pasar manzanas buenas junto con una a punto de pasarse. Lo que es peor: sin esta buena compañía, creo que GBC no podría hacer pasar la confesionalidad del estado.

Finalmente, si bien GBC reconoce que los contenidos pétreos no están explícita ni expresamente definidos como tales en la constitución (…) los valoramos como tales y los descubrimos implícitos, poco más abajo afirma, invocando la autoridad de la Constitución para defender su teoría, que el constituyente petrificó en la constitución formal los contenidos expuestos, tal como la estructura social subyacente les daba cabida. Aquí aparece con claridad el barniz objetivo que se pretende aplicar a la teoría.

En resumen, la teoría de GBC es criticable en la medida en que pretende, en nombre de la Constitución, y más allá de lo que ella dispone, un status quo que el autor encuentra valioso, y que en tal teoría se pretende, mezclando valores ampliamente compartidos con otros con menor aceptación, sostener precisamente estos últimos, que son los que verdaderamente son cuestionados, y pueden ser modificados en una futura reforma constitucional.

LA TEORÍA DE LAS CLÁUSULAS PÉTREAS EN EL TRATADO DE GREGORIO BADENI. En su tratado, (tomo 1, p. 69) hace una breve mención a la teoría de las cláusulas pétreas, clasificándolas en absolutas y relativas, y permanente y temporales, y en expresas y en tácitas. Para Badeni ellas constituyen un límite al poder constituyente derivado. Las cláusulas pétreas tácitas son aquellas que están integradas por los principios y bases esenciales de la estructuración política, cuya modificación importará alterar los fundamentos históricos que motivaron su establecimiento. 

Respecto de la teoría en Badeni, cabe decir dos cosas, ambas positivas: (una) si bien recoge la teoría, la explica y desarrolla (brevemente), lo que de alguna manera la legitima, se abstiene de encontrar cláusulas pétreas implícitas, y solo menciona ejemplos expresos y claros, como la prohibición de reducir los Senadores por estado en la Const. de los EE.UU., y la prohibición de reforma por diez años de la Const. de 1853 (aunque en el próximo post entraré de lleno a este tema, y criticaré la opinión de Badeni en este punto particular); (dos) si bien las cláusulas pétreas son un límite al ejercicio del poder constituyente derivado, dice que es opinable si pueden ser declaradas inconstitucionales aquellas reformas que alteran los contenidos pétreos tácitos de la Constitución (t. 1, p. 233).

LA INUTILIDAD DE LAS CLÁUSULAS PÉTREAS SEGÚN VANOSSI. Jorge Vanossi trata el tema en su libro clásico, Teoría Constitucional. Vanossi se opone a la existencia de cláusulas pétreas, tanto explícitas como implícitas, y se alegra de que no sean mayoría las constituciones que fijen cláusulas pétreas. Si bien distingue las cláusulas pétreas explícitas de las implícitas (aclarando que estas últimas son las que la doctrina y los intérpretes consideran que son tales…), las trata conjuntamente.

Las razones por las que Vanossi se opone a la existencia de estas cláusulas, sean explícitas o implícitas, se relaciona con su inutilidad, puesto que la existencia en las Constituciones de cláusulas “pétreas” o irreformables es –con el tiempo- una invitación y una incitación a practicar la gimnasia de la revolución, para poder obtener así la modificación ansiada de los contenidos prohibidos. De donde resulta que en el plano de la dinámica constitucional, tanto la excesiva rigidez (cuando los mecanismos de reforma son excesivamente complicados) como la pretendida “eternidad” de ciertas cláusulas, vienen a servir al extremo opuesto de su original finalidad: no evitan los cambios, sino que favorecen la consumación de esos cambios por vías revolucionarias, es decir, al margen o en oposición al estilo evolucionista que caracteriza al pensamiento del constitucionalismo.

En relación al análisis de Vanossi, es super interesante, y creo que tiene razón en su crítica, y comparto su opinión de la inutilidad de la petrificación de cláusulas. Por cierto la suya es una mirada institucional y, de alguna manera, realista, puesto que su crítica central pasa por su inutilidad, por el hecho de que no sirven (sino todo lo contrario) para los objetivos que se proponen. Creo que igualmente funcionan como importantes diques de contención, y como barreras importantes de protección de la constitución de la situación tal cual está vigente.

Pero, de todas maneras, pienso que el meollo de la crítica no pasa tanto por el plano institucional sino por la absurda pretensión de mantener un status quo que nos resulta atractivo, incluso más allá de los límites que el mismo status quo que es la propia Constitución manda, pretendiendo dar basamento a esta pretensión en la propia fuerza de la constitución, que en realidad es solo una opinión del autor.

Para finalizar esta parte, digo que la teoría tal como la fórmula Bidart me parece elitista y anti democrática, ya que pretende sacar temas de la agenda del debate popular, eternizando porciones de realidad que le parecen valiosas. Badeni en cambio hace una crítica tibia a la teoría, mientras que Vanossi hace una fuerte crítica a la pretensión de irreformabilidad de ciertas cláusulas, desde una perspectiva institucional y realista. En mi opinión, lo peor de esta teoría es su carácter elitista, anti democrático, y ocultamente prescriptivo.

Prontamente subiré una tercera parte, sobre algunos ejemplos de petrificación temporal (y lo que pasó con ellos), y después, una cuarta, sobre las cláusulas pétreas en el derecho comparado.

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